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En Colombia entró en vigencia una nueva normativa que regula el uso de las patinetas eléctricas y otros vehículos de movilidad personal, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y ordenar su circulación en las ciudades.
Se trata de la Ley 2486 de 2025, que establece reglas claras sobre quiénes pueden utilizarlas, por dónde debe transitar y cuáles son las sanciones para quienes incumplen la norma.
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Uno de los puntos más importantes de la ley es que la edad mínima para conducir una patineta eléctrica es de 16 años. En algunos casos, menores entre 12 y 16 años solo podrán usarlas en ciclorrutas o espacios exclusivos para bicicletas.
Además, la normativa establece que:
– Solo puede ir una persona por patineta
– Está prohibido circular por andenes, aceras o zonas peatonales
– Se debe usar casco obligatorio y elementos reflectivos en la noche
– La velocidad máxima permitida es de 25 KM y hasta 40 KM en vías autorizadas
Quienes no cumplan con estas reglas pueden enfrentarse a sanciones económicas. La ley establece multas de aproximadamente 6 salarios mínimos diarios legales vigentes, que en 2026 equivalen a más de $350.000 pesos.
Las infracciones más comunes incluyen:
– Circular por zonas prohibidas como andenes
– No usar casco o luces reglamentarias
– Exceder los límites de velocidad
– Llevar acompañante sin autorización
– Conducir bajo efectos de alcohol o sustancias