Tras un análisis detallado del proceso, el alto tribunal concluyó que no existieron las faltas atribuidas al mandatario. Según la decisión, la supuesta omisión en la declaración de bienes y rentas no se configuró, pues la participación accionaria cuestionada había sido vendida antes de que Forero Bejarano asumiera su cargo.
El fallo también determinó que no hubo apropiación indebida de recursos públicos, dádivas, ni contratos direccionados, desvirtuando así los argumentos que sustentaron la sanción disciplinaria. La sentencia restituye plenamente la honorabilidad del alcalde y cierra un proceso que durante varios años generó debate en el ámbito político y administrativo de Cundinamarca.
Tomado de: https://www.noticiasrcn.com/
Con esta decisión, el Consejo de Estado reafirma la necesidad de aplicar rigurosidad y garantías en los procedimientos disciplinarios que involucran a servidores públicos.