El Ministerio de Transporte expidió una nueva reglamentación para la circulación de vehículos de micromovilidad en Colombia, con el objetivo de promover una movilidad más segura sostenible y ordenada en las ciudades del país.
A través de la Resolución 20263040030675 de 2026, el Gobierno Nacional estableció por primera vez una clasificación oficial para estos vehículos, diferenciando entre automotores y no automotores, e identificando categorías como bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas, monociclos, triciclos y otros vehículos eléctricos livianos de movilidad personal urbana.
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La normativa también define requisitos mínimos de seguridad para los vehículos Eléctricos Livianos de Movilidad Personal Urbana (VELMPU), entre ellos sistema de frenado, iluminación delantera y trasera, avisador acústico, indicador de batería y velocidad, luces direccionales y mecanismos que impidan modificar la velocidad máxima del vehículo.
En cuanto a los usuarios, la resolución establece el uso obligatorio de casco certificado y prendas retrorreflectivas durante la noche o en condiciones de baja visibilidad, con el propósito de reducir los riesgos y fortalecer la seguridad vial.
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