En Colombia entró en vigencia una nueva normativa que regula el uso de las patinetas eléctricas y otros vehículos de movilidad personal, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y ordenar su circulación en las ciudades.
Se trata de la Ley 2486 de 2025, que establece reglas claras sobre quiénes pueden utilizarlas, por dónde debe transitar y cuáles son las sanciones para quienes incumplen la norma.
Uno de los puntos más importantes de la ley es que la edad mínima para conducir una patineta eléctrica es de 16 años. En algunos casos, menores entre 12 y 16 años solo podrán usarlas en ciclorrutas o espacios exclusivos para bicicletas.
Además, la normativa establece que:
- Solo puede ir una persona por patineta
- Está prohibido circular por andenes, aceras o zonas peatonales
- Se debe usar casco obligatorio y elementos reflectivos en la noche
- La velocidad máxima permitida es de 25 KM y hasta 40 KM en vías autorizadas
Quienes no cumplan con estas reglas pueden enfrentarse a sanciones económicas. La ley establece multas de aproximadamente 6 salarios mínimos diarios legales vigentes, que en 2026 equivalen a más de $350.000 pesos.
Las infracciones más comunes incluyen:
- Circular por zonas prohibidas como andenes
- No usar casco o luces reglamentarias
- Exceder los límites de velocidad
- Llevar acompañante sin autorización
- Conducir bajo efectos de alcohol o sustancias