La instalación de cámaras de videovigilancia en viviendas y locales comerciales se ha vuelto cada vez más comunes ante el aumento de la inseguridad. Aunque no está prohibido colocar estos dispositivos para proteger bienes y personas, las autoridades advierten que su uso indebido puede acarrear consecuencias legales importantes.
La Fiscalía General de la Nación ha recordado que, si bien es legal instalar cámaras que graben accesos, fachadas y zonas públicas, las imágenes captadas donde se identifiquen personas son considerados datos personales y están protegidas por la ley 1581 de 2012 sobre protección de datos personales.
- No esta permitido divulgar públicamente videos con rostros identificables sin autorización. Esta incluye compartir material en redes sociales o grupos de mensajería, incluso con la intención de exponer delitos.
- El uso de cámara con objetivos distintos a la seguridad como objetivos distintos a la seguridad como espiar a vecinos, empleados o personas que transitan por la vía pública sin una justificación del derecho a la intimidad.
Cuando las autoridades (como la Policía, la Fiscalía o el cuerpo Técnico de investigación) requieren el material audiovisual en el marco de una investigación judicial, pueden solicitar las grabaciones.
- Sin orden judicial en casos urgentes para preservar evidencia.
- Con orden fiscal o judicial en situaciones que no califican como urgentes.
- Negarse injustificadamente a entregar las imágenes puede considerarse obstrucción a la justicia.
- Multas administrativas: la superintendercia de industria y Comercio puede imponer sanciones económicas que pueden alcanzar hasta 2000 salarios mínimos legales mensuales vigentes a quienes incumplan la normativa de protección de datos personales.
- Posibles responsabilidades penales: usar o divulgar grabaciones que afecten la intimidad de una persona podría derivar en procesos judiciales, dependiendo del caso y de las pruebas.
Las autoridades sugieren:
- No borrar, editar ni alterar el material registrado
- Entregar copias en medios físicos o digitales cuando se lo soliciten
- Solicitar un recibo o acta oficial al proporcionar las imágenes
- Evitar difundir o compartir grabaciones que identifiquen personas sin consentimiento.